Becas 2024_25

Tu beca en nueve pasos

Para el próximo curso 2024-2025 se ha abierto el plazo para solicitar la beca de la convocatoria general, para que sepas si reúnes los requisitos económicos antes de matricularte. Más información en la página del Ministerio de Educación y Formación Profesional: Becas y Ayudas del Ministerio

  1. Presenta tu solicitud a partir del 19 de marzo… ¡y hazlo cuanto antes! Tienes de plazo hasta el 10 de mayo, a las 15 horas.
    Aunque aún no sepas qué vas a estudiar ni qué notas sacarás este curso, necesitamos que aportes algunos datos provisionales. Más adelante podrás modificarlos. Quizás te pidamos, además, adjuntar algún documento: por eso, prepara el borrador con tiempo suficiente. Para acceder a la solicitud:
    www.becaseducación.gob.es/becas-y-ayudas/fp-bachillerato-otros/tipos-debecas.html

    Una vez completada la solicitud, te dará la opción de presentarla. Ten en cuenta que:
  2. Comprobamos si reúnes algunos de los requisitos y los datos son correctos. De esto se encarga la Unidad de Becas que te corresponda. Es posible que te pidamos algún documento más. A continuación, este Ministerio consultará a la administración tributaria los datos económicos para la concesión de la beca. Por ello, cuando consultes en la sede electrónica, tu solicitud puede estar:
    • “En trámite en tu Unidad de Becas”, o
    • “En trámite en el Ministerio de Educación y Formación Profesional”.
  3. Te informamos si reúnes los requisitos económicos. Enviaremos una notificación a tu carpeta “Mis notificaciones”: te avisaremos por correo electrónico. En ella te informaremos si reúnes o no los requisitos económicos. Te daremos instrucciones para continuar el proceso, y un plazo para que puedas entrar nuevamente en tu solicitud a modificar algunos datos. Consulta una vez por semana tu carpeta de “Mis notificaciones” en la sede electrónica y el correo electrónico que indicas en la solicitud.
    • Si reúnes los requisitos económicos, para obtener beca deberás cumplir otros requisitos, de tipo general y académico. Puedes consultar cuáles son en esta misma página, o en la propia convocatoria.
    • Si no reúnes los requisitos económicos y consideras que ha habido algún error, te informaremos del plazo que tienes para presentar alegaciones.
  4. Si quieres modificar datos académicos de tu solicitud o hacer alegaciones, en la notificación te informaremos del plazo para hacerlo (suele ser en septiembre). Recuerda que debes revisar la información de tipo académico que anotaste en tu solicitud. Si ha variado, tendrás que corregirla en ese plazo. Si no lo haces, tu solicitud no podrá resolverse adecuadamente.
    Si no reúnes los requisitos económicos, puedes alegar en el plazo que te indiquemos. Para hacerlo, debes entrar en la solicitud, en un apartado específico para esto. Si alegas, y además tus datos académicos han cambiado, recuerda que también debes actualizar en este mismo plazo dichos datos académicos.
  5. Comprobamos los requisitos académicos. Si reúnes los requisitos económicos, comprobaremos tu información académica. Si cumples todos los requisitos, te asignaremos las cuantías de beca que te correspondan. Cuando consultes en la sede electrónica, tu solicitud estará en el estado:
    • “En trámite en tu Unidad de Becas”, o
    • “En trámite en el Ministerio de Educación y Formación Profesional”.
  6. Resolvemos tu solicitud. Te comunicaremos si te corresponde beca o no mediante una notificación en tu carpeta “Mis notificaciones” de la sede electrónica del Ministerio. Si no estás de acuerdo, podrás reclamar presentando alegaciones dentro del plazo de 10 días.
    Si quieres saber más sobre ello, puedes ir a la página Cómo hacer una reclamación.
  7. Recibes el importe de la beca. Una vez que hayas recibido la notificación, abonaremos en tu cuenta la cantidad que te corresponda. La beca tiene una parte fija y otra variable, por lo que es posible que recibas varios pagos. Además, la cuantía variable también puede dividirse en dos pagos. Ten en cuenta que el importe tardará varias semanas en abonarse en tu cuenta desde que recibes la notificación.
  8. Publicamos la lista definitiva de becarios/as y la cantidad asignada. La resolución definitiva de tu beca no se comunicará de forma individual. Simplemente, se publicará en la página web del Ministerio un listado definitivo de becarios en el que aparecerá la cuantía de beca que se te había comunicado anteriormente.
    En el caso de que no aparezcas en el listado, tu beca se considera denegada: ya te lo habremos notificado anteriormente. Ten en cuenta que una vez publicada la resolución:
    • Tienes un mes a partir del día siguiente de esta publicación para presentar recurso de reposición. Es un recurso administrativo, sencillo de interponer, y que no tiene coste para ti.
    • Dos meses para presentar recurso contencioso administrativo. Es un recurso judicial, que sí tendrá costes (se requiere abogado y procurador).

      En ambos casos, podrás interponerlos si no estás de acuerdo con la desestimación de tu solicitud o con las cuantías que se te han concedido.
  9. ¡Suerte en tus estudios! La beca es un derecho que tú tienes y que recibes gracias a las aportaciones de todos los contribuyentes.

    Recuerda que disfrutar de una beca te compromete a unas mínimas obligaciones, según sean estudios no universitarios o universitarios que puedes consultar en los artículos 40 al 46 de la convocatoria.
  10. Si todo está correcto, podrás descargar el justificante como garantía de la presentación de la beca. En la sede electrónica aparecerá el mensaje “Presentada”.
  11. Si tu solicitud se queda en estado «Borrador», no podrá ser tramitada: comprueba si te falta algún dato.
  12. Si tienes dudas, consulta la sección de Preguntas frecuentes y los vídeos. Si, a pesar de todo, necesitas más información, ponte en contacto con nosotros.

    Recuerda: debes presentar la solicitud en plazo, ya que fuera de dicho plazo no admitiremos solicitudes de beca.

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